El Ministerio de Capital Humano aceptó el pedido de la empresas y desde la 10:30 de la mañana de hoy queda vigente la conciliación obligatoria por un plazo de 15 días.
Encuádrase en el marco de la Ley N° 14.786, a partir de las 10,30 horas del dìa 12 de agosto de 2024 el conflicto identificado en los considerandos de la presente, suscitado entre la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DEL COMPLEJO INDUSTRIAL OLEAGINOSO, DESMOTADORES DE ALGODÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, sus sindicatos adheridos, y el SINDICATO DE OBREROS Y
EMPLEADOS ACEITERO DEL DEPARTAMENTO DE SAN LORENZO y las empresas CARGILL SACI, BUNGE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, LDC ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, TERMINAL 6 SOCIEDAD ANÓNIMA y T6 INDUSTRIAL SOCIEDAD ANÓNIMA, MOLINOS AGRO SOCIEDAD ANÓNIMA, RENOVA SOCIEDAD ANÓNIMA y COFCO INTERNATIONAL SA y al resto de las empresas
representadas por la CÁMARA DE LA INDUSTRIA ACEITERA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y por la CÁMARA ARGENTINA DE BIOCOMBUSTIBLES.
Dáse por iniciado un período de conciliación obligatoria por el término de QUINCE (15) días, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 11° de la normativa preindicada, debiendo retrotraerse la situación a la existente con anterioridad al inicio del conflicto y por el plazo de duración del presente procedimiento conciliatorio.
Fuente: SL24