El segundo semestre del año se actualizó el monto del Impuesto Inmobiliario con un aumento de más del 22%.
El aumento se dará tanto para impuesto inmobiliario urbano, con el 22,16%, y el impuesto inmobiliario rural, con un 13,51%.
Cabe destacar que, según lo dispuesto por el Artículo 4° del decreto, este incremento no afectará a los contribuyentes que hayan optado por el Pago Total Anual 2025, quienes ya cumplieron con su obligación impositiva bajo las condiciones vigentes al momento del pago.
Recordemos que el Decreto N° 1434 sostiene que por el artículo 1° de la Ley N° 14386, se establece que el Poder Ejecutivo podrá disponer un incremento adicional en las cuotas 4 a 6/2025 del Impuesto Inmobiliario Rural, hasta un porcentaje
equivalente a la variación porcentual acumulada entre el 1 de octubre de 2024 y el 31 de marzo de 2025 del Índice de Productos Agropecuarios correspondiente al Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) del Sistema de Índice de Precios Mayoristas (SIPM) que publica el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC); Que por el artículo 2° de la Ley N° 14386, se establece que el Poder Ejecutivo podrá disponer un incremento adicional en las cuotas 4 a 6/2025 del Impuesto Inmobiliario Urbano y Suburbano. Dicho incremento adicional consistirá en un promedio ponderado de la variación porcentual acumulada entre el 1 de octubre de 2024 y el 31 de marzo de 2025 de la Remuneración Imponible
Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) publicado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación o el que en el futuro lo reemplace y la variación porcentual acumulada entre el 1 de octubre de 2024 y el 31 de marzo de 2025 del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC). Además, el Poder Ejecutivo establecerá el procedimiento aplicable para el cálculo del promedio ponderado
indicado anteriormente.





