La Cámara de Diputados de Santa Fe aprobó la nueva Ley Orgánica de Municipios, que reemplaza una normativa que se mantenía vigente desde hace 90 años. La ley establece que, a partir de 2027, todos los núcleos de población serán considerados municipios y estarán a cargo de un intendente.
La normativa fija dos categorías de municipios: los de primera categoría, con más de 200.000 habitantes, y los de segunda categoría, entre 10.001 y 200.000 habitantes.
Los mandatos tendrán una duración de cuatro años y los cuerpos legislativos se renovarán por mitades cada dos años.
En cuanto a la composición de los concejos deliberantes, los municipios de segunda categoría comenzarán con seis concejales para los primeros 20.000 habitantes, sumando uno más cada 15.000 adicionales, mientras que los de primera categoría contarán con una base de 18 representantes.
En una reciente entrevista brindada al programa «Un buen día» de CDG24 Radio, el diputado provincial Fabián Cejas brindó detalles sobre la Ley de Municipios de la provincia de Santa Fe, recientemente publicada en el Boletín Oficial. La normativa viene a reemplazar legislaciones que datan de 1935 y 1939, marcando un hito en la modernización institucional y la autonomía de los gobiernos locales.
Uno de los cambios más significativos afecta a las actuales comunas. A partir de las elecciones de 2027, los mandatos se extenderán a cuatro años, eliminando la necesidad de ir a las urnas cada dos años, lo que dificultaba la planificación a largo plazo. Además, las comunas adoptarán la figura del Intendente, acompañado por una comisión municipal cuyo tamaño dependerá de la población:
Entre 500 y 3,000 habitantes: Un intendente y tres miembros de comisión.
Entre 3,000 y 10,000 habitantes: Un intendente y cinco miembros de comisión.
Cejas destacó que la ley otorga facultades inéditas a los gobiernos locales. Por primera vez, se incorpora formalmente el poder de policía para colaborar con la provincia y se define el concepto de servicio público.
En materia ambiental, la ley obliga a trabajar en acción climática, gestión de residuos y biodiversidad, entendiendo que los gobiernos locales son el primer eslabón en el cuidado del entorno. En educación, se habilita a los municipios a implementar políticas en educación inicial de niños de 0 a 3 años, un área que aún no está universalizada en el sistema público provincial.
Un punto disruptivo de la nueva ley es la incorporación de herramientas de democracia directa:
Acceso a la información pública: Pasa a ser obligatorio para todos los gobiernos locales.
Revocatoria de mandatos: Los ciudadanos podrán solicitar la remoción de funcionarios que no cumplan con sus promesas de campaña, lo que busca elevar la seriedad de las propuestas políticas.
Iniciativa popular y referéndum: Instrumentos para fomentar la participación activa de los vecinos.
La ley también reordena la cantidad de concejales según la población real. En toda la provincia, se estima que habrá 30 concejales menos. Mientras algunas ciudades sumarán bancas por su crecimiento exponencial, otras las reducirán para ajustarse a sus habitantes. En el caso de Cañada de Gómez, la ciudad mantendría su número actual, pero pasará a tener un cuerpo de concejales con número impar para el año 2031.
A pesar de los avances, el diputado Cejas advirtió que el debate fundamental que sigue es la reforma de la ley de coparticipación y el sistema tributario provincial. El objetivo es asegurar que los municipios cuenten con los recursos económicos necesarios para ejercer de manera efectiva las nuevas responsabilidades y la autonomía que esta ley les otorga.
Finalmente, el Diputado instó a la dirigencia política a «estudiar y no improvisar», aprovechando las herramientas de articulación regional y áreas metropolitanas que permite la ley para potenciar el desarrollo productivo de cada zona de la provincia.





