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23 de noviembre del 2024
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ES LA CUENCA DEL ARROYO LUDUEÑA

La Provincia ordenó detener dos obras de loteos en Funes que se llevaban a cabo sin autorización

Las tareas del emprendimiento se iniciaron sin contar con los estudios respectivos del impacto ambiental en una zona que es inundable y potencialmente existe una gran probabilidad de generar un daño que podría ser irreparable en el futuro

La gestión provincial encabezada por el gobernador Maximiliano Pullaro, dispuso la paralización de dos obras de loteos en la localidad de Funes, en un sector inundable y que representa un riesgo medioambiental, y también para quienes construyen allí sus viviendas. Además, se investigará cómo se comercializaban estos terrenos ubicados en una zona no apta para la construcción.

Se trata de los emprendimientos Damfield (ubicado en el sector sur de Funes, lindero al norte con la ruta provincial N° 34-S y la Autopista Rosario-Córdoba y al este del Barrio Kentucky) y La Reserva (se encuentra sobre un camino rural, continuación a calle Galindo, lindante a dos canales históricos y en proximidades de la reserva San Jorge).

En el caso de estos loteos, una inspección de los ministerios de Ambiente y Cambio Climático y de Obras Públicas constató que se han iniciado obras sin contar con los estudios de impacto ambiental y certificado hídricos correspondientes. Previamente, en dos oportunidades, se había intimado a paralizar las obras, pero no dieron cumplimiento a ello.

“Estas medidas sirven para prever situaciones futuras que puedan generar inconvenientes hídricos. Santa Fe ya ha tenido situaciones extremas por no haber tomado las precauciones y las decisiones necesarias para que se puedan evitar”, afirmó el ministro de Ambiente, Enrique Estévez.

Al respecto, un informe de la Subsecretaría de Planificación Hídrica indica que hay “una serie de irregularidades que, de no ser atendidas, podrían ocasionar daños, tanto para la administración como para los administrados”. Detalla, entre otras cuestiones, que hay “irregularidades que ponen de manifiesto la necesidad de realizar un estudio de la situación dominial del inmueble donde se pretende desarrollar el proyecto inmobiliario y de todas las propiedades afectadas para la construcción, conservación, mantenimiento, reconstrucción y limpieza de la presa de retención de las crecidas del arroyo Ludueña”. Y remarca que “hay consideraciones técnicas que hacen inviables los proyectos presentados, los que tienen potencialidad para producir graves perjuicios”.

El informe indica que los desarrolladores realizaron obras sin autorización, las que tienen la capacidad de generar una degradación irreversible del entorno, ya que modifican sustancialmente la topografía del terreno natural, y se insiste en la relevancia ambiental, hídrica e hidrológica del área, lo que demanda tomar todos los recaudos.

Finalmente, el estudio advierte para ambos emprendimientos que “la Cuenca de Aporte del Sistema del Arroyo Ludueña, no se trata solamente de una zona con amenaza de inundación, sino que de un territorio afectado a un embalse, destinado al almacenamiento temporario y lento drenaje para atenuación de las crecidas, afectado explícitamente para que se inunde y donde los procesos hidroambientales son mucho más complejos”, por lo que sugiere “una serie de medidas a implementar ante la gravedad de la situación”.

Paralizar las obras

Ante la contundencia del informe, Provincia -en un decreto que lleva la firma, además del gobernador, de la totalidad de ministros del Gabinete- ordenó la inmediata paralización de las obras y trabajos realizados sin autorización y en contravención con la normativa, y facultó a los ministerios de Ambiente y de Obras Públicas para que den cumplimiento a la medida.

Además se instruyó a Fiscalía de Estado para que evalúe la pertinencia de iniciar las acciones judiciales que correspondan, incluidas las que “tiendan a la recomposición del daño ambiental que se encuentre eventualmente producido y, en caso de que se considere la posible comisión de delitos, de realizar las denuncias penales pertinentes, autorizándose a constituir a la Provincia de Santa Fe como querellante”.

Además, el decreto indica se comunique la decisión al Servicio de Catastro e Información Territorial -SCIT- dependiente del Ministerio de Economía, a los fines de que tome conocimiento de lo dispuesto en el presente y de la situación fáctica que motivó su dictado; a la Municipalidad de la ciudad de Funes a los fines de que tome conocimiento de lo dispuesto en el presente y de la situación fáctica que motivó su dictado; al Ente de Coordinación metropolitana de Rosario (ECOM) y a las Municipalidades de las ciudades de Rosario, Pérez, Granadero Baigorria, del Departamento Rosario, y de Capitán Bermúdez, Fray Luis Beltrán y Roldán, del Departamento San Lorenzo, y a las Comunas de Ibarlucea y Zavalla del Departamento Rosario, y de Luis Palacios, Pujato y Ricardone, del Departamento San Lorenzo, a los fines de que tome conocimiento de lo dispuesto en el presente y de la situación fáctica que motivó su dictado.

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